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Código de Procedimientos Civiles Artículo 614 B Estado de Aguascalientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 07/07/2026

Código de Procedimientos Civiles Aguascalientes
Artículo 614 B.

Admitida la demanda se dará vista al Ministerio Público y se correrá traslado a las personas que ejerzan la patria potestad sobre el menor, quienes tendrán un término de cinco días para dar contestación



Estado de Aguascalientes Artículo 614 B Código de Procedimientos Civiles
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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